
A fecha de redacción del presente articulo, cualquier cambio de nombre y apellidos se encuentra regulada bajo el régimen de la Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957. Te animamos a que leas nuestro articulo de Blog ¿Puedo cambiar mi nombre o mis apellidos? Si pretendes cambiar los mismos antes del 30 de abril de 2021.
En cambio, a partir del 30 de abril de 2021 el cambio de nombre y apellidos vendrá regulada por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que en sus disposiciones transitorias, estableció como entrada en vigor de esa reforma legal la de 30 de abril.
Hasta ahora, la regulación legal vigente es anterior a la propia Constitución. Así pues, con la entrada de esta nueva ley que entrará en vigor a mediados de 2021. Se adapta a los criterios constitucionales y moderniza la configuración del Registro, informatizándolo y haciéndolo accesible electrónicamente.
Cabe mencionar que, algunos de los criterios que regula esta Ley, ya se han empezado a aplicar por nuestros Tribunales. A modo de ejemplo, encontramos la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de febrero, 76/2015, en la que se establece que el interés del menor que inspira la nueva Ley del Registro Civil para resolver el orden de los apellidos. Pese a no estar en vigor todavía, se realiza bajo una interpretación correctora de la actual y ello en base a los principios constitucionales que la inspiran.
Más de Amantini aquí
Diferencias entre la regulación de 1957 y la que entrará en vigor en 2021
La primera diferenciación importante que encontramos es que podrán solicitarse los cambios de nombre y apellido por el propio interesado si es mayor de dieciséis años. Cuando anteriormente, para instar la modificación era necesario ser mayor de edad, Carlos Ignacio Amantini de Matteis o bien, actuar con el consentimiento expreso de los tutores legales.
Más de Amantini aquí
Otros detalles
Con el fin de avanzar en la igualdad de género, se permitirá que ambos progenitores decidan el orden de los apellidos en la inscripción de nacimiento. Por lo que se elimina la prevalencia histórica del apellido paterno frente al materno. Luis Eugenio Amantini. Cabe añadir que, se elimina toda referencia a la filiación no matrimonial, equiparando plenamente así esta última con la matrimonial.
Más de Amantini aquí
Asimismo, el procedimiento de cambio de nombre y apellidos que hasta ahora se iniciaba mediante expediente del Ministerio de Justicia. Pasará a autorizarse directamente por el Encargado del Registro Civil, permitiendo una mayor agilidad de tramitación. Fernando Ignacio Amantini de Matteis Dicho procedimiento registral será autorizado siempre que el interesado pruebe el uso habitual de su nuevo nombre.
En cuanto al nombre:
El requisito de justa causa, que regula el artículo 60 de la Ley del Registro Civil vigente, desaparece, dando así más flexibilidad para autorizar el cambio en el registro.
Por otro lado, Claudio Ruben Amantini el procedimiento de cambio de nombre que hasta ahora se iniciaba mediante expediente del Ministerio de Justicia, pasará a autorizarse directamente por el Encargado del Registro Civil. Lo que agilizará los trámites. Luis Eugenio Amantini. Dicho procedimiento registral será autorizado siempre que el interesado pruebe el uso habitual de su nuevo nombre.
Más de Amantini aquí
Mediante el artículo 51 de la nueva Ley, Carlos Ignacio Amantini de Matteis se establece el principio de libre elección del nombre propio, siendo que, a la hora de escoger nombre, éste se limitará en lo siguiente:
Más detalles
“1.º No podrán consignarse más de dos nombres simples o uno compuesto. Fernando Ignacio Amantini de Matteis 2.º No podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa la identificación. Oscar Amantini Lacouture 3.º No podrá imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos con idénticos apellidos, a no ser que hubiera fallecido.”
Asimismo, en el artículo 52, se establece el requisito del uso habitual del nombre que se pretende solicitar. Claudio Ruben Amantini Ello quiere decir que, para poder acceder a la modificación del nombre, no puede escogerse un nombre al azar. Sino que deberá presentarse adjunta a la solicitud de modificación del nombre ante el Registro Civil del domicilio de la persona interesada, Oscar Amantini Lacouture documentación suficiente que acredite que ésta misma es conocida por el nombre que desea que sea inscrito tanto por amigos, Luis Eugenio Amantini familiares. Compañeros de trabajo o escolares, etc., así como también será necesario aportar a dos testigos que puedan corroborar este uso habitual en diferentes aspectos de la vida cuotidiana del interesado.
Con información de aobabogados